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Seguro a terceros

El seguro debe suscribirse de forma obligatoria (por lo que también recibe la denominación de seguro de responsabilidad civil obligatoria), y es necesario para que el vehículo o la motocicleta pueda circular.

Cubre el riesgo de que el asegurado pueda causar daños materiales o personales a terceras personas.

Importe máximo de indemnización actual

Daños personales: 336.566,78 € por cada víctima.

Daños materiales: 96.161,94 € por cada siniestro o accidente.

Si la cuantía de la indemnización supera estos límites, el exceso deberá abonarlo el seguro voluntario (a todo riesgo) o el responsable del siniestro.

Debe destacarse que, en el caso de los daños personales, el responsable del accidente no estará obligado a abonar indemnización alguna si prueba que los daños se causaron por la conducta o negligencia del perjudicado o por fuerza mayor (un supuesto imprevisible o inevitable, sin que se considere que concurre fuerza mayor cuando fallan los componentes del vehículo)

Este seguro de responsabilidad civil obligatoria no cubre:

Los daños personales que el accidente cause al tomador (el que suscribe el seguro), conductor, propietario del vehículo o asegurado.

Los daños causados al vehículo asegurado, a las cosas que transporte y a los bienes propiedad del tomador, asegurado, propietario, conductor y el cónyuge y parientes hasta el tercer grado que vivan a expensas de los anteriores.

Los daños materiales y corporales causados por vehículos que no están asegurados o que han sido robados; en estos supuestos responderá el llamado “Consorcio de Compensación de Seguros”.

En algunos casos, el seguro tampoco cubrirá los daños materiales que cause el vehículo asegurado si:
· El conductor se encontraba bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes.
· El accidente se debe a una infracción de disposiciones reglamentarias sobre los requisitos y número de personas transportadas, pesos o medida de la carga.
· Cuando el vehículo es conducido por una persona no autorizada por el propietario, carezca del correspondiente permiso de circulación o incumpla las obligaciones legales técnicas relativas al estado de seguridad del vehículo.

Aún en el caso de que se produzcan estas circunstancias, los perjudicados tendrán derecho a ser indemnizados por la aseguradora quien a su vez podrá reclamarle el importe de los mismos al asegurado, además de los gastos y los intereses que estas cantidades produzcan. La aseguradora no podrá negarse a abonar los daños.

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